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En referencia a: LIQUIDACIONES PAMI – Compensación Farmacias – Diferencia PVP y Precio PAMI

20

Abr 2018

Acofar transcribe textual, la información de Farmalink siguiente:

De nuestra mayor consideración:

               Con motivo de la implementación de las Actas Acuerdo de Prórroga del Convenio PAMI-Industria, suscriptas entre el INSSJP y las Cámaras de la Industria, los días 22 y 26 de Marzo próximo pasados, a partir de las Liquidaciones de la 1ra. Quinc. de Abril 2018 en adelante,  informamos a Uds. las siguientes modificaciones en la operatoria de los circuitos de liquidaciones actualmente vigentes:

·         Se crea un nuevo tipo de Nota de Recuperación de Descuentos Anticipada denominada de “COMPENSACIÓN FARMACIAS” que tiene por objetivo compensar a las Farmacias por la diferencia entre el precio de compra basado en el Pvp Tradicional ( publicado en Manual Farmacéutico y/o Agenda Kairos ) y el Pvp acordado para el Convenio PAMI, ambos vigentes al momento de la dispensa, cuyo importe de compensación a las Farmacias surge de la siguiente fórmula matemática:

         NR COMPENSACION A FARMACIAS =( IMP. TOTAL ACUMULADO A PVP – IMP. TOTAL ACUMULADO A PVP PAMI ) * 70 / 100

para todas las dispensaciones realizadas desde el 01/04/2018 en adelante, y cuando el Pvp sea mayor al Pvp PAMI.

·         Estas Notas de Recupero Anticipadas por Compensación a Farmacias se van a emitir para la totalidad de las Farmacias, por la totalidad del importe correspondiente resultante del cálculo previamente enunciado, en las mismas fechas previstas para la emisión de las Notas de Recupero Anticipadas tradicionales ( La primera emisión correspondiente a la 1ra. Quinc. de Abril 2018 Anticipada se va a realizar entre los días 23/04 y 24/04 ).

·         No se modifica ningún diseño de los archivos, ni tampoco ningún formato de los reportes en formato “.pdf”, que son enviados actualmente en forma electrónica.

·         En los archivos enviados en forma electrónica estas Notas de Recuperación Anticipadas por Compensación a Farmacias se identificarán de la siguiente manera:

  -En la posición dentro del diseño de los archivos correspondientes, prevista para el campo denominado “Nro. de Versión de Liquidación ( Nro_Ver_Liq )”, se informará el código ‘9’, que indicará que ese comprobante en cuestión es una Nota de Recuperación de Descuentos Anticipada de Compensación Farmacias, y no de cualquier otro de los tipos actualmente vigentes.

·         Como es habitual en estos casos, los importes correspondientes a las Notas de Recuperación Anticipadas por Compensación Farmacias, van a ser tomadas, como un anticipo a cuenta, de los montos que finalmente correspondieran por este mismo concepto, que surjan en las respectivas Liquidaciones Definitivas, una vez que sean procesadas la totalidad de las recetas con sus respectivos troqueles originales adheridos.

Quedamos a vuestra disposición para eventuales consultas sobre el tema.

Atentamente, Farmalink s.a.

Ante cualquier duda estamos a su disposición, e iremos enviado la información, por este nuevo medio.

ACOFAR